BANDO. CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SELECCIÓN DEL TITULAR Y SUSTITUTO DE JUEZ DE PAZ EN ESPARTINAS

BANDO. CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SELECCIÓN DEL TITULAR Y SUSTITUTO DE JUEZ DE PAZ EN ESPARTINAS

21/08/2017

 

HACE SABER:

Que estando próxima la finalización del Cargo de Juez de Paz del municipio, de conformidad con los artículos 101 y 102 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, Ley Orgánica del Poder Judicial, por Resolución de Alcaldía núm. 565/2017, de 17 de agosto, fue aprobada la convocatoria pública para la selección del Titular y sustituto de JUEZ DE PAZ DE ESPARTINAS.

Todas las personas interesadas en ostentar el cargo, deberán de reunir los siguientes requisitos:
- Ser español.
- Mayor de edad.
- Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
- No hallarse impedido física ni psíquicamente para la función judicial.
- No estar condenado, procesado ni inculpado por delito doloso.
- No estar incurso en las causas de incompatibilidad o prohibición previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Las solicitudes junto con la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos podrán presentarse en la Secretaría de este Ayuntamiento, sita en Parque Ntra. Sra. del Rocío núm. 1, en horario de 08:00 a 14:00 horas, durante un plazo de 15 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

En la solicitud deberá constar DOMICILIO ACTUAL y PROFESIÓN u OFICIO al que se dedique en la actualidad, acompañada de los siguientes documentos:

1. Fotocopia del DNI.
2. Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:
- Que es español, mayor de edad y que va a residir en esta localidad mientras ejerza el cargo, salvo autorización expresa de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
- Que no está impedido física o psíquicamente para la función judicial.
- Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
- Que no ha sido condenado por delito doloso o, en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.
- Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 23 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, en especial:
• No estar afiliado a algún partido político o trabajar para él.
• No estar afiliado a algún sindicato o trabajar para él.
• No estar colegiado como abogado o procurador ejerciente.
• No ser funcionario o empleado de alguna administración pública.

 

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Lo que se publica para general conocimiento

En Espartinas, a 18 de agosto de 2017.
La Alcalde-Presidente,

Fdo.: Olga Mª Hervás Nieto.